sábado, 31 de enero de 2015

            Liderazgo y mecanismos de participación ciudadana

Constitución de 1991:
se dio paso a la democracia participativa, todos los colombianos tienen derecho a participar directamente en la toma de decisiones a la participación democrática, Colombia en su articulo 103 establece mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía.


El voto: el voto popular, consagrado en el articulo 258 de la constitución, es el mecanismo a través los colombianos mayores de 18 años, eligen a quienes desean, en la presidencia, gobernación, la alcaldía, el congreso, las asambleas, el consejo y demás corporaciones publicas.


El referendo: mecanismo mediante el cual los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a pronunciarse a favor o en contra de una norma, hay tres clases del referendo: el plebiscito, la consulta popular y el cabildo abierto.
cabildo

El plebiscito: es el pronunciamiento del pueblo convocado por el presidente de la república, mediante el cual apoya o rechaza una decision del ejecutivo, el referendo a diferencia, para que el plebiscito entre a ser considerado es necesaria la aprobación del congreso de la república y la firma de todos los ministros.


La Consulta popular: los requisitos establecidos por el estatuto de seguridad territorial, los gobernadores y alcaldes pueden acudir ante el pueblo para conocer sus expectativas, pueblo obliga al gobernante a tomar decisiones a favor de la opinión de la ciudadanía.

 
El cabildo abierto: es la reunión publica de los consejos distritales, el cual los habitantes pueden participar, directamente, con elfin de discutir asuntos de interés para la comunidad, el cabildo debe ser solicitado por el 0,5% de censo electoral del respectivo municipio ante la secretaria del consejo o la junta administradora local.


Iniciativa y legislativa: es el derecho que tienen los ciudadanos de presentar proyectos de acto legislativo y de ley ante el congreso de la república, los consejos municipales o distritales y de resolución ante juntas administradoras locales, para que la iniciativa legislativa sea efectiva el procedimiento es el siguiente, recoger el apoyo del 0,5% de los ciudadanos inscritos en el respectivo censo lectoral, elegir el vocero radicar en la registraduria nacional, un proyecto legible, que sintecise los propósitos de la ciudadanía.


Revocatoria del mandato: la mecánica de votación y elección para elegir presidente, senadores y demás cargos públicos, gobernadores que no hayan cumplido en programa propuesto en su candidatura sera destituirlos, la facultad que tiene el pueblo para despojar de su cargo a quien a elegido, cuando este no cumple las promesas hechas a la ciudadanía al momento de su elección.      


Mecanismos constitucionales para la protección de los derechos humanos: el mecanismo de protección ciudadana se ejercen mediante acción judicial y están establecidos para proteger una eventual o real perdida, vulneracion amenaza de los derechos fundamentales consagrados en la constitución política.

- El derecho de petición
- Peticiones de información
- Quejas 
- Manifestaciones
- Habeas corpus
- Habeas data
Acción de tutela
Acción de cumplimiento
- Acciones populares y de grupo

El derecho de petición: el derecho fundamental que tiene toda persona para presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades o ante las organizaciones privadas que cumplen funciones publicas, el derecho de petición se encuentra consagrado en el articulo 23 de la constitución nacional y puede ejercerse por interés general o particular, petición de informaciones y formulación de consultas.


Solicitud de petición de información: las autoridades para que están den a conocer como han actuado en caso concreto, entreguen información general sobre la entidad.


Peticiones de interés particular o general: cuando se llegar a las autoridades una solicitud sobre una materia sometida a actuación administrativa, el termino de respuesta corresponde a (15) días hábiles siguientes a la fecha de radicacion.


Consultas:
las autoridades para que manifiesten su parecer sobre materias relacionadas con sus atribuciones y competencias deben ser resueltas dentro de los (30) días hábiles siguientes a la fecha de radicacion.


Quejas: las autoridades, sobre las conductas irregulares de servidores públicos o particulares que ejerzan funciones publicas, deben ser resueltas dentro de los (15) días hábiles siguientes a su presentación.


Reclamos: la suspension injustificada o la presentación deficiente de un servicio publico.


Manifestaciones: es la opinión del peticionario que se hace llegar a las autoridades sobre una materia sometida a actuación administrativa.


Habeas corpus: la protección del derecho a la libertad individual, procede cuando alguien es capturado con violación de garantías constitucionales o legales, cuando se prolongue ilícitamente la privación de la libertad.


Habeas data: derecho constitucional que tienen todas las personas, las informaciones que se hayan recogido sobre ellas en bancos de datos y en archivos en entidades publicas y privadas.


Acción de tutela: cuando estos resulten vulnerados o amenazados  ya sea por autoridad publica o particular, no procede cuando existen otros medios de defensa judicial, salvo que se utilice como mecanismo transitorio para evitar un prejuicio irremediable.


Acción de cumplimiento: toda persona podrá a acudir a la autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento de normas aplicables con fuerza material de ley o actos administrativos.


Acción popular: los derechos e intereses colectivos, para evitar el daño contingente, hacer sesar el peligro, la amenaza, la vulneracion, o agravio, y de ser posible, restituir las cosas a su estado anterior.


Acción de grupo: las acciones populares, se diferencian a cuanto a que están instituidas para proteger a mínimo 20 personas, que han sido afectadas por la misma causa, tiene carácter indemnizatorio, es decir, que con ella se puede conseguir el pago de una suma de dinero para reparar los daños ocasionados.